Cartagena de Indias, julio 14 de 2020.
Una multa de 1.058 millones de pesos deberá pagar la empresa Caro y Cia Agropiscícola La Carolina a la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique (Cardique) por la tala de más de 20.000 árboles en un espacio de 29 hectáreas, localizado en la Isla de Tierrabomba.
De acuerdo con la Resolución 0456 del 16 de junio de 2020, sin el consentimiento de la autoridad ambiental, la empresa Caro y Cia Agropiscícola La Carolina inicio la tala de árboles, remoción de la capa vegetal con maquinaria y quema en un área de 29 hectáreas, dos meses antes de solicitar permiso a la corporación.
En la Resolución 0456 se resalta que una vez inspeccionadas las recopilación de residuos vegetales encontrados en algunos sitios inspeccionados, los troncos o fuetes que aún no habían sido extraídos por maquinaria y otros que se encontraban medio quemados en la zona donde se realizó esta actividad ilegal, se pudo establecer que las especies taladas (típicas del bosque seco tropical) fueron Trupillo (Prosopis juliflora), Aromo (Acacia farnesiana), Guacamayo (Albizzia caribaea), Ceiba blanca (Hura crepitans), Chicho (Acacia glomerata), Hobo (Spondias mombin), Uvito (Cordia bidentata), Indio encuero (Bursera simaruba), Olivo (Capparis odoratissima), Santa cruz (Astronium graveolens), Majagua (Pseudobombax septenatum), Trebo, (Platymicium pinatum).
Los árboles presentaban diámetros entre los 0,1 m y 0,3 metros y alturas que oscilaban entre los 2 y 10 metros y se pudo establecer que se encontraban a una densidad de 700 árboles por hectárea (para un total de 20.300 árboles). Se pudo evidenciar además quemas de compilaciones de vegetación que se hacían luego de ser removidas con todo y raíz al momento de hacer la remoción de la capa vegetal.
Este proceso sancionatorio fue abierto cuando la Armada Nacional presentó denuncia por el uso de maquinaria pesada realizando el descapote de una franja de terreno en la isla de Tierrabomba. Posteriormente, se realizó visita de inspección y se impuso medida preventiva consistente en la suspensión inmediata de las obras de remoción de capa vegetal y actividades con buldozer en el predio en mención sin contar con un plan de aprovechamiento forestal.
Además, según la Resolución 0456, el infractor deberá compensar los daños ocasionados mediante la implementación de procesos de restauración de áreas de bosque seco tropical degradadas, en una proporción de 1:1 respecto al área total afectada o intervenida; es decir que de acuerdo a que la intervención general se dio para un área de 29 hectáreas, la SOCIEDAD CARO & CIA AGROPISCICOLA CAROLINA S.C.A., Hoy NATTURALE Y CIA. S.C.A. – NIT: 800.091.068-1, deberá restaurar un área total de 29 hectáreas, con coberturas vegetales típicas de la zona. De igual forma, deberá presentar a la Cardique un programa de restauración de coberturas vegetales típicas de bosque seco tropical, para evaluación y concertación, con el fin de definir y concertar en conjunto (estrategias, actividades, cronograma, sitios y demás acciones) encaminadas en el cumplimiento de la medida de compensación requerida.